La normativa: ¿Por qué mi perro necesita un seguro de responsabilidad civil?
En el resto de comunidades autónomas salvo País Vasco, la normativa especifica que los perros obligados a contar con un seguro de responsabilidad civil son todos aquellos que pertenezcan a razas potencialmente peligrosas. Por norma general, los perros considerados PPP (Perros potencialmente peligrosos) son los siguientes:
a) Pit Bull Terrier.
b) Staffordshire Bull Terrier.
c) American Staffordshire Terrier.
d) Rottweiler.
e) Dogo Argentino.
f) Fila Brasileiro.
g) Tosa Inu.
h) Akita Inu.
En algunas comunidades como Valencia, Cataluña o Galicia, la lista de perros considerados como PPP es más extensa. Puedes consultarlo en nuestro post “¿Cuánto cuesta el seguro de un perro peligroso?”.
El caso de Madrid, como te decíamos, es peculiar, pues todos los perros están obligados a tener un seguro de responsabilidad civil. Así lo dice la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid:
Contratar un seguro de responsabilidad civil en aquellos casos que se determine reglamentariamente
Art. 6.2. Todos los propietarios de perros quedan obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil, por la cuantía que reglamentariamente se determine, en el plazo de un mes desde la identificación del mismo.
Por tanto, la normativa no especifica si el perro tiene que ser de raza potencialmente peligrosa o no. El artículo indica que todos los propietarios de perros, independientemente de la raza del perro, están obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil para su perro si están censados en Madrid y residen en esa comunidad autónoma.
Como te comentábamos en otros artículos, el responsable de los posibles daños que pueda causar un animal es su dueño. Con daños nos referimos a daños materiales, personales o humanos causados por el animal.
Si tienes un seguro de hogar, puede ser que esté incluido el Seguro de Responsabilidad Civil para tu perro, pero asegurate de que así sea para no llevarte ningún susto. La penalización por no contar con un seguro de responsabilidad civil cuando se debería suele ser bastante grande. Además, si tu perro es potencialmente peligroso, deberá cubrir por lo menos 120.000€, o más, en función de la Comunidad Autónoma donde residas. Eso lo puedes consultar antes de llevar a cabo la contratación del seguro.
Aparte de la contratación del seguro, si tu perro es considerado PPP, deberás sacarte la Licencia de Tenencia de perros Peligrosos.
¿Cómo puedo conseguir un seguro de responsabilidad civil para mi perro?
Conseguir un seguro de responsabilidad civil para tu perro es realmente sencillo. Hoy en día existen muchísimas alternativas para llevar a cabo esta contratación. Pero si lo que quieres es un trámite rápido y sin preocupaciones, te recomendamos el seguro de Barkibu. Olvídate de papeleo innecesario y de trámites interminables. ¡Será casi momentáneo!
¿Qué trámites son obligatorios en Madrid?
Además de contar con un seguro de responsabilidad civil, deberás tener en cuenta las siguientes obligaciones en caso de que residas y estés censado en la comunidad de Madrid:
Vacuna contra la rabia
La vacuna contra la rabia es necesaria ya que puede transmitirse entre perros y también a seres humanos. Normalmente se transmite por mordedura. La forma de prevenirla es la aplicación de una vacuna. Los perros deben vacunarse de forma obligatoria y anualmente en toda la Comunidad de Madrid. En el caso de los gatos es aconsejable pero no obligatoria. Esta vacuna se puede aplicar a partir de los 3 meses de edad. La forma de comprobar que un perro está vacunado es en la cartilla veterinaria. En la cartilla veterinaria estarán indicados todos los detalles de la vacuna, así como la fecha de vacunación y su validez y la firma del veterinario que la ha llevado a cabo. Si tu perro no está vacunado, será considerado como una infracción grave.
Puesta de Microchip
El microchip se implanta en el cuello del animal, concretamente en el lado izquierdo. Se trata de un código alfanumérico de 15 cifras. El número de microchip de cada animal es único. En este caso, sí es obligatorio para perros y gatos. Su implantación debe ser llevada a cabo a partir de los 3 meses de edad, o un mes después de su adquisición o adopción, aunque el momento concreto puede ser determinado por el veterinario en casos aislados.
El microchip es muy beneficioso en varios aspectos. Por ejemplo, si tu mascota se ha perdido, el microchip te permite localizarla más fácilmente ya que contiene datos que permitirán localizar al propietario. Para modificar los datos solo tienes que hablar con tu veterinario.
A pesar de que pienses que el chip puede resultar incómodo, los animales no notan prácticamente nada. Su implantación es muy sencilla, solo tienes que hablar con tu veterinario y él o ella te indicará todos los detalles. Una vez implantado, el animal ya no nota que lo tiene, y nunca le dará problemas.
Pasaporte europeo
El pasaporte europeo es obligatorio para desplazarse por la Unión Europea para perros, gatos y hurones. También es el documento oficial de registro de identificación y vacunas en algunas Comunidades Autónomas en España, y se usa en lugar de la Cartilla de Vacunación.
Llevar contigo la documentación necesaria
En Madrid, aunque sea para salir a dar un paseo, deberás llevar contigo toda la documentación obligatoria de la mascota. Esto incluye el seguro de responsabilidad civil que estás obligado a contratar si resides en Madrid.
Autorización del ayuntamiento
Puedes tener a tu mascota en casa, pero si el número de mascotas que tienes (perros y gatos) es superior a 5, deberás contar con un permiso del Ayuntamiento que acredite que estás capacitado para la tenencia de más de 5 animales. Con capacitado nos referimos tanto a cumplir con ciertos requisitos físicos, como psíquicos, sanitarios o económicos.
Cadena o correa
Si vas a salir de paseo (o a la calle en general) con tu perro, debes tener en cuenta que es necesario que tu mascota vaya siempre acompañada por un ser humano y sujeta mediante una cadena o correa. En caso de que tu perro sea considerado PPP, deberá llevar también un bozal homologado.
Horarios
Existen ciertos horarios en los que puedes pasear con tu perro sin necesidad de que lleve correa o cadena. También existen ciertas zonas habilitadas para ello. En los parques y jardines podrás dejar a tu perro suelto de 19:00h a 10:00h en invierno y de 20:00h a 10:00h en verano. Eso sí, no puedes dejarlo suelto en zonas de recreo infantiles por mucho que estén dentro de un parque, ni en zonas de mayores, así como en zonas donde se indique expresamente la prohibición de acceso a perros. Durante las franjas horarias que no se especifican anteriormente, los perros deberán llevar correa.
Excrementos
Debes recoger los excrementos de tus mascotas siempre. No pueden dejarse en la calle, ni en parques, ni en paseos ajardinados. Te recomendamos que lleves contigo varias bolsas y que las tires en un contenedor. De no ser así, podrías llevarte una buena multa.
Y eso es todo lo que debes tener en cuenta si resides con tu perrete en la Comunidad de Madrid.
Te recordamos que es súper importante contar con un seguro de responsabilidad civil. ¿Sabes que en Barkibu tenemos el mejor? Además, si no solo quieres cubrir a terceros de posibles daños que pueda ocasionar tu mascota, te recomendamos la contratación de nuestro seguro de asistencia veterinaria para que tu mascota esté siempre protegida y cuidada ante posibles imprevistos.
¡Esperamos haberte ayudado!